Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

código del trabajo, artículo 329

Texto

     
     Art. 329.- Presentación del proyecto de 
contrato colectivo y negativa del empleador a 
recibirlo. Copia del proyecto de contrato 
colectivo presentado por el o los sindicatos, 
firmada por el empleador para acreditar que ha 
sido recibido por este, con la fecha de 
recepción estampada en él, deberá entregarse a 
la Inspección del Trabajo respectiva, dentro de 
los cinco días siguientes a su presentación.
     Si el empleador se negare a recibir o 
certificar la recepción del proyecto, el 
sindicato deberá requerir a la Inspección del 
Trabajo, dentro de los tres días siguientes a la 
negativa, para que notifique el proyecto de 
contrato al empleador en el más breve plazo.