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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

código del trabajo, artículo 152 quáter d

Texto

 
     Artículo 152 quáter D.- Las claves para la
utilización de los sistemas de conexión constituyen una
herramienta de trabajo, siendo secretas y personales del
trabajador de un centro de contacto o llamadas. Cualquier
contravención a lo anterior se sujetará a las normas del
procedimiento de tutela de derechos fundamentales regulado
en el Párrafo 6° del Capítulo II del Título I del Libro
V de este Código.