Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Código del trabajo, artículo 196

Texto

     Art. 196. Si durante el embarazo se produjere                  L. 18.620
enfermedad como consecuencia de éste, comprobada con                ART. PRIMERO
certificado médico, la trabajadora tendrá derecho a un              Art. 182
descanso prenatal suplementario cuya  duración será
fijada, en su caso, por los servicios que tengan a su cargo
las atenciones médicas preventivas o curativas.

     Si el parto se produjere después de las seis semanas
siguientes a la fecha en que la mujer hubiere comenzado el
descanso de maternidad, el descanso prenatal se entenderá
prorrogado hasta el alumbramiento y desde la fecha de éste
se contará el descanso puerperal, lo que deberá ser
comprobado, antes de expirar el plazo, con el
correspondiente certificado médico o de la matrona.

     Si como consecuencia del alumbramiento se produjere
enfermedad comprobada con certificado médico, que impidiere
regresar al trabajo por un plazo superior al descanso
postnatal, el descanso puerperal será prolongado por el
tiempo que fije, en su caso, el servicio encargado de la
atención médica preventiva  o curativa.

     Cuando el parto se produjere antes de iniciada la
trigésimo tercera semana de gestación, o si el niño al
nacer pesare menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal
del inciso primero del artículo 195 será de dieciocho
semanas.

     En caso de partos de dos o más niños, el período de
descanso postnatal establecido en el inciso primero del
artículo 195 se incrementará en siete días corridos por
cada niño nacido a partir del segundo.

     Cuando concurrieren simultáneamente las circunstancias
establecidas en los incisos cuarto y quinto de este
artículo, la duración del descanso postnatal será la de
aquel que posea una mayor extensión.

     Los certificados a que se refiere este artículo serán
expedidos gratuitamente, cuando sean solicitados a médicos
o matronas que por cualquier concepto perciban
remuneraciones del Estado.

Dictámenes relacionados (4)

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
23/07/2024Dictamen O-01-S-01506-2024Licencias médicasSubsidio Incapacidad Laboral (SIL) :SIL maternalpermiso postnatal parentalLicencia MédicaCódigo del trabajo, artículo 195Código del trabajo, artículo 196código del trabajo, artículo 197Código del trabajo, artículo 197 biscódigo del trabajo, artículo 198Código del trabajo, artículo 199código del trabajo, artículo 199 bisCódigo del trabajo, artículo 200Código del trabajo, artículo 201dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2 artÍculo 2 (cÓdigo civil)Ley 16.395, artículo 27Ley 19.620, artículo 19Ley 19.620, artículo 24Ley 20.545, artículo 1Ley 20.764
08/03/2021Dictamen 824-2021Licencias médicasLicencias MédicasConceptoCódigo del trabajo, artículo 195Código del trabajo, artículo 196Código del trabajo, artículo 197 bisCódigo del trabajo, artículo 199DFL 1 de 2006 MinsalDFL 44 de 1978 MintrabDS 3 de 1984 MinsalDS 3 de 1984 Minsal, artículo 1Ley 16.395, artículo 27Ley 16.744Ley 21.063
28/01/2021Dictamen 10806-2021Licencias médicasSubsidio Incapacidad Laboral (SIL)Licencia médica continuadaLicencia médica maternalCódigo del trabajo, artículo 196DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 15Ley 16.395Ley 19.880, artículo 25Ley 19.880, artículo 59
29/09/2019Dictamen 44855-2019Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) :SIL maternalSubsidio por incapacidad laboralSubsidio maternalTrabajadores independientesCódigo del trabajo, artículo 195Código del trabajo, artículo 196DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 149DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 152DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 17DS 57 de 1990 MintrabLey 16.395Ley 18.933Ley 20.894

Boletín SUSESO (1)

Protección a la vida familiar y corresponsabilidad paternal

Julio

La protección de la vida familiar y la maternidad en Chile, ha ido avanzando en el último tiempo, de derechos pensados exclusivamente en favor de la mujer, a un concepto más amplio que implica protección de la familia, con la Conciliación de la vida familiar y la corresponsabilidad parental, como una meta a alcanzar.