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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

código del trabajo, artículo 35 ter

Texto

     Artículo 35 ter.- En cada año calendario que los
días 18 y 19 de septiembre sean días martes y miércoles,
respectivamente, o
miércoles y jueves, respectivamente, será feriado el día
lunes 17 o el día viernes 20 de dicho mes, según el caso.