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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

código del trabajo, artículo 328

Texto

      
     Art. 328.- Contenido del proyecto de 
contrato colectivo. En la presentación del 
proyecto de contrato colectivo se deberán 
explicitar, a lo menos, las cláusulas que se 
proponen, la vigencia ofrecida, la comisión 
negociadora sindical y el domicilio físico y 
electrónico de el o los sindicatos respectivos. 
En esta misma oportunidad deberán presentar la 
nómina de los trabajadores que hasta ese momento 
se encuentren afiliados.
     El sindicato podrá explicar los fundamentos 
de su propuesta de contrato y acompañar los 
antecedentes que sustenten su presentación.