Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.640, artículo 13 transitorio

Texto

    Artículo 13°.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 120 días, contado desde la vigencia de esta ley, fije la planta de cargos del personal de la Corporación de la Reforma Agraria, sus remuneraciones, asignaciones y bonificaciones especiales, que regirá durante el año 1967 a contar desde el 1° de Enero del presente año, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 24° y 25° del D.F.L.
R.R.A. N° 22, de 1963.