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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.640, artículo 187

Texto

    Artículo 187°.- Modifícase el artículo 9° del decreto N° 1093, del 8 de Abril de 1964, del Ministerio de Justicia, que concedió personalidad jurídica a la Corporación denominada "Instituto de Investigaciones Agropecuarias" y sustitúyase en dicho artículo la composición del Consejo Directivo por la siguiente:
    a) El Ministro de Agricultura o en su ausencia el Subsecretario de Agricultura, que lo presidirá;
    b) El Director Ejecutivo del Instituto de Investigaciones Agropecuarias;
    c) El Director Ejecutivo del Servicio Agrícola y Ganadero;
    d) El Vicepresidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Agropecuario, o la persona que él designe;
    e) El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de la Reforma Agraria o la persona que él designe;
    f) El Gerente Agrícola de la Corporación de Fomento de la Producción;
    g) El Gerente del Servicio de Equipos Agrícolas Mecanizados;
    h) El Gerente General de la Empresa Nacional de Semillas;
    i) El Director del Departamento de Extensión Agrícola del Servicio Agrícola y Ganadero;
    j) El Director del Departamento Forestal del Servicio Agrícola y Ganadero;
    k) El Decano de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Chile;
    l) El Decano de la Facultad de Agronomía de la Universidad Católica;
    m) El Decano de la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad de Chile;
    n) El Decano de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Concepción;
    ñ) El Decano de la Facultad de Agronomía de la Universidad Católica de Valparaíso;
    o) Un representante de la Universidad Austral de Chile, y
    p) Un representante de la Universidad del Norte.