Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.640, artículo 240

Texto

    Artículo 240.- Aplicada la sanción por un funcionario distinto del Director Ejecutivo, el afectado podrá pedir a éste reposición dentro del plazo de diez días, contado desde la notificación de la resolución. Este recurso se interpondrá ante el funcionario que dictó la resolución.