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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.640, artículo 259

Texto

    Artículo 259°.- Autorízase al Presidente de la República para transferir al Instituto de Investigaciones Agropecuarias, bienes muebles o inmuebles, que el Fisco haya destinado para el funcionamiento del Departamento de Investigación Agrícola de la Dirección de Agricultura y Pesca.