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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.617, artículo 216

Texto

    Artículo 216°.- Intercálase la frase "Sábado o"
antes de la palabra "Domingo" en los números 2° y 3° del
artículo 5° de la ley N° 6.836 modificado por la ley N°
9.576.