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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.617, artículo 63

Texto

    Artículo 63°.- Apruébanse las sumas pagadas por
incentivos en Diciembre de 1966 y condónase el préstamo de
E° 100 otorgado en Septiembre del mismo año al personal de
la Empresa de Transportes Colectivos del Estado.