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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.617, artículo 145

Texto

    Artículo 145°.- Aclárase el artículo 105° de la ley
N° 11.860, sobre Organización y Atribuciones de las
Municipalidades, modificado por el artículo 5° de la ley
N° 15.451, en el sentido que los quinquenios serán salario
base para todos los efectos legales.