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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.617, artículo 175

Texto

    Artículo 175°.- El inmueble de propiedad de la
Asociación Nacional de Funcionarios de Prisiones y
destinado a sede social de la misma, estará exento del pago
de contribuciones de bienes raíces.
    De igual beneficio disfrutará la Confederación de las
Fuerzas Armadas en Retiro por el bien raíz de que es
propietaria.
    Concédese iguales franquicias a la Mutualidad de
Carabineros con respecto al edificio "General Arturo
Norambuena", ubicado en calles Catedral y Amunátegui de
Santiago y mientras esté destinado a funcionamiento de
oficinas y dependencias de Carabineros de Chile,
Investigaciones y otros servicios públicos y a sedes
sociales de corporaciones que agrupen a personal en retiro
de Carabineros de Chile.
    Las mismas exenciones tendrá el bien raíz de propiedad
de la Asociación Nacional de Empleados de Impuestos
Internos, ubicado en Santiago, calle Cienfuegos N° 56, y el
que se indica en el artículo 237° de la ley N° 16.464.