Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.617, artículo 9

Texto

    Artículo 9°.- Modifícase la Planta del Consejo
Nacional de Menores fijada por el artículo 9° de la ley
N° 14.907, establecida por el artículo 1° de la ley N°
16.520, en el sentido que las Categorías correspondientes
al cargo de Vicepresidente Ejecutivo y Secretario General
Abogado serán la 1a. y 2a. Categorías, respectivamente.