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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.045, artículo 205

Texto

     Artículo 205.- La vigencia de la oferta será
establecida por el oferente mediante la fijación de un
plazo, que no podrá ser inferior a 20 días ni superior a
30 días, salvo que la sociedad tenga inscritas en sus
registros a entidades depositarias, en cuyo caso el plazo
será de 30 días, sin perjuicio de lo dispuesto en el
inciso segundo del artículo 206. Tanto el primero como el
último día del plazo comenzarán y terminarán,
respectivamente, a la apertura y cierre del mercado
bursátil en que se encuentren registrados los valores de la
oferta.
     Sin perjuicio de lo anterior, el oferente podrá
prorrogar la oferta por una sola vez y por un mínimo de 5
días y hasta por 15 días adicionales. Esta prórroga
deberá comunicarse a los interesados antes del vencimiento
de la oferta, mediante un aviso publicado en un mismo día,
en los diarios en los cuales se efectuaron las publicaciones
del aviso de inicio.