Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.045, artículo 203

Texto

     Artículo 203.- El oferente deberá poner a
disposición de los interesados, a contar de la fecha del
aviso de inicio y durante la vigencia de la oferta, un
prospecto que contenga todos los términos y condiciones de
la oferta. Una copia del prospecto deberá estar a
disposición del público en las oficinas de la sociedad por
cuyas acciones se hace la oferta, en la oficina del oferente
o en la de su representante, si lo hubiere, como asimismo de
las sociedades anónimas abiertas que sean controladas por
aquélla, de la Superintendencia y de las bolsas de valores.
En la misma fecha en que se publiquen los avisos de inicio
de la oferta, el oferente deberá remitir copias del
prospecto a la Superintendencia y a las bolsas de valores.
     El prospecto deberá contener, al menos, las siguientes
menciones:
     a) Individualización completa de las personas
naturales o jurídicas que efectúan la oferta; y en caso de
tratarse de estas últimas, deberá indicarse el nombre,
cargo y domicilio, de sus directores, gerentes, ejecutivos
principales y administradores; participación en otras
sociedades e individualización de las personas relacionadas
del oferente. Adicionalmente, deberá contener una
descripción financiera, jurídica y de los negocios del
oferente o de sus controladores efectivos y finales, si
fuere el caso. El oferente, en todo caso, deberá fijar un
domicilio en el territorio nacional.
     b) Acciones o valores a que se refiere la oferta y
número de acciones o porcentaje de las acciones emitidas
cuya adquisición mínima es requisito para el éxito de la
oferta.
     c) Precio y condiciones de su pago. El precio de la
oferta deberá ser determinado y podrá consistir en  dinero
o en valores de oferta pública, que se indicarán en forma
precisa.
     d) Vigencia de la oferta y procedimiento para
aceptarla. Se indicarán con precisión aquellos
antecedentes o documentos que deberán acompañar los
accionistas interesados, en el momento de entregar sus
acciones.
     e) Forma y oportunidades en que los oferentes
adquirieron las acciones que poseen al inicio de la  oferta,
si fuere el caso; y relaciones existentes con otros
controladores de la sociedad o accionistas  mayoritarios, en
su caso.
     f) Forma en que el oferente financiará el pago del
precio de las acciones que sean adquiridas al final de la
oferta. En caso de tener comprometidos créditos o
contribuciones de capital, deberá proveer los antecedentes
necesarios para concluir que existen efectivamente fondos
para el pago del precio. Si se tratare de una oferta de
canje de valores, deberá detallarse la forma en que el
oferente ha adquirido o adquirirá los valores destinados al
canje.
     g) Monto y forma de la garantía constituida por los
oferentes, si la hubiere, e individualización del encargado
de su custodia, formalización y ejecución.
     h) Condiciones o eventos que puedan producir la
revocación de la oferta.
     i) Individualización completa y domicilio del tercero
que el oferente hubiere designado para que organice o
administre la oferta, debiendo precisarse las facultades que
se le hayan otorgado.
     j) Individualización completa y domicilio de las
personas y profesionales independientes que han asesorado al
oferente para la formulación de su oferta.
     k) Las demás que disponga la Superintendencia,
mediante normas de carácter general.