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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.045, artículo 202

Texto

     Artículo 202.- El oferente deberá publicar un aviso
informando del inicio de la vigencia de la oferta de
adquisición. El aviso deberá ser destacado y publicarse el
día previo al inicio de la vigencia de la oferta en, a lo
menos, dos diarios de circulación nacional.
     El aviso deberá contener los antecedentes esenciales
para su acertada inteligencia, que la Superintendencia
determinará mediante norma de carácter general.