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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.464, artículo 192

Texto

     Artículo 192°- En toda venta que efectúe la Aduana se
entenderán incluidos en el precio o monto de la
adjudicación, respectivamente, todas las comisiones y
gastos anexos que pudieren afectar a dichas compraventas,
las que no estarán afectas a impuesto.