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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.464, artículo 42

Texto

    Artículo 42°- Concédese al Colegio de Abogados de
Chile y al Consejo de Defensa del Niño una subvención
extraordinaria de E° 370.000 y E° 462.300,
respectivamente, para que procedan a reajustar las
remuneraciones a sus personales de acuerdo con el presente
Título.