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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.464, artículo 46

Texto

    Artículo 46°- Introdúcense las siguientes
modificaciones al artículo 84° de la ley N° 16.406:
    a) Para agregar la siguiente frase al final del inciso
segundo, en punto seguido: "Con cargo al ítem mencionado
podrá destinarse para la habilitación de casinos en estos
Servicios hasta la suma de E° 400.000." b) Agregar el
siguiente inciso final:
    "Además tendrá derecho a percibir la asignación de
alimentación, de acuerdo con lo establecido en los incisos
primero y segundo, el personal que se pague con cargo al
Presupuesto Corriente sea a jornal o a honorarios, rigiendo
para estos últimos sólo cuando el monto mensual no exceda
del correspondiente al sueldo base mensual de la 1a.
Categoría de la Escala del DFL.
N° 40, de 1959, y sus modificaciones posteriores.