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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.464, artículo 53

Texto

    Artículo 53°- Suprímese en la ley N° 16.406, en la
glosa del ítem 08/03/04, la frase "veinte personas
asimiladas a categoría o grado y", y reemplázase el
guarismo "220" por "240 personas".