Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.343, artículo 193

Texto

    Artículo 193. El personal de pilotos de la Línea
Aérea Nacional quedará afecto al régimen de retiro y
montepío establecido en el decreto con fuerza de ley N°
3,743, de 26 de Diciembre de 1927, y demás disposiciones
complementarias o modificatorias.