Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.343, artículo 102

Texto

    Artículo 102. Concédese, por una sola vez, una
subvención de diez millones de pesos ($ 10.000.000) a la
Fundación Viviendas de Emergencia.
    Concédese una subvención anual de cien mil pesos ($
100.000) a la Casa Correccional de Rancagua.