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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.343, artículo 134

Texto

    Artículo 134. El mayor gasto que representa la presente
ley se cubrirá con el rendimiento de la prórroga de
impuestos establecida en la ley N° 10,257, de 12 de Febrero
de 1952; con las mayores entradas que se producirán en el
Presupuesto de Entradas del año 1952, y con el rendimiento
de los artículos siguientes.