Texto
Artículo 25. Autorízase al Tesorero General de la
República para entregar anualmente y por duodécimas partes
a la Universidad de Chile, incluídos el Hospital Clínico
de San Vicente y la Facultad de Filosofía y Educación, la
suma de $ 136.187.616 y la cantidad de $ 15.000.000 a la
Universidad de Concepción para que atiendan al reajuste de
sueldos y asignación familiar de sus personales. La
Universidad de Chile atenderá, además, al pago de
remuneraciones de cuatro ayudantes, con cuatro horas diarias
de trabajo, de la Cátedra de Química de la Escuela Dental.
El aumento de los sueldos del personal docente,
agregado, administrativo y de servicios dependiente de la
Facultad de Filosofía y Educación de la Universidad de
Chile, se efectuará en la misma proporción en que se
aumentan los sueldos del profesorado secundario dependiente
del Ministerio de Educación Pública.
Con el mismo objeto entregará anualmente a la
Universidad Católica de Santiago la cantidad de $
12.000.000; a la Universidad Católica de Valparaíso, la
suma de $ 8.000.000; a la Universidad Técnica "Federico
Santa María", $ 10.000.000 y a la Universidad de Chile para
que lo distribuya entre el Instituto de Biología "Juan
Noé" y el Instituto de Anatomía, ambos dependientes de la
Facultad de Biología y Ciencias Médicas, $ 1.500.000
anuales, por un período de cinco años, con el objeto de
proseguir las investigaciones científicas sobre el cáncer
experimental y otras relacionadas.