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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.343, artículo 164

Texto

    Artículo 164. Auméntase en treinta y cinco centavos, a
beneficio fiscal, el impuesto establecido por la ley 3,852,
de 10 de Febrero de 1922, modificada por las leyes 6,602, de
29 de Junio de 1940, y 8,903, de 10 de Octubre de 1947.