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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 14.171, artículo 40

Texto

    Artículo 40° Las rebajas de avalúos de la propiedad
raíz que ordene la Dirección de Impuestos Internos con
motivo de los sismos de mayo de 1960 y sus consecuencias y
conforme a lo dispuesto en el artículo 17° de la ley
4.174, regirán a partir del 1° de enero de este año. Las
mencionadas rebajas serán ordenadas de oficio por dicho
Servicio, con excepción de las que procedan respecto de las
propiedades agrícolas que se harán sólo a solicitud del
respectivo propietario u ocupante.