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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 57 de 1990 Mintrab, artículo 11 j

Texto

     Artículo 11 J.- Se mantendrá la obligación del pago
de las cotizaciones obligatorias por parte de los
trabajadores independientes, cuando existan retenciones que
no hayan sido enteradas en arcas fiscales por los agentes
retenedores.