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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.282, artículo 83 transitorio

Texto

    Artículo 83°- Los propietarios de predios que
quedarán bajo las aguas del embalse de La Paloma, en el
departamento de Ovalle, provincia de Coquimbo, y que no se
acogieron o que no pudieron acogerse por cualquier motivo a
los beneficios de la ley N° 15.182, que dispuso el reajuste
de las indemnizaciones por expropiación, tendrán el plazo
de 120 días desde la publicación de esta ley para acogerse
a los mencionados beneficios, sea que hayan o no interpuesto
reclamo judicial con motivo de la primitiva fijación del
monto de la indemnización.