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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.282, artículo 54 transitorio

Texto

    Artículo 54°- Agrégase a la letra a) del artículo
4° del Título I de las Disposiciones Transitorias de la
ley N° 12.650, el siguiente inciso:
    "Aclárase que, respecto de las personas que se
encuentren afectas a este impuesto, la escala establecida en
el artículo 1° de este Título se aplicará sobre la renta
presunta correspondiente a la totalidad de su capital
líquido, sin considerar la exención del inciso anterior."