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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Decreto 84 de 1997 del ministerio del trabajo

Encabezado

APRUEBA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL SERVICIO DE
SALUD METROPOLITANO SUR

     Núm. 84.- Santiago, septiembre 25 de 1997.- Visto: lo
dispuesto en las leyes Nºs 11.764 artículo 134, 16.395
artículo 24 y 17.538 artículo único; en el decreto ley
Nº 2.763, de 1979; en el decreto supremo Nº 28, de 1994,
del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y la
facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la
Constitución Política de la República de Chile.

     D e c r e t o:

     Apruébase el siguiente Reglamento del Servicio de
Bienestar del Servicio de Salud Metropolitano Sur.

Promulgación

     Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese
en la recopilación que corresponda de la Contraloría
General de la República.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE,
Presidente de la República.- Jorge Arrate Mac Niven,
Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Alex Figueroa
Muñoz, Ministro de Salud.

     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a
Ud., Patricio Tombolini Véliz, Subsecretario de Previsión
Social.