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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 14.642

Encabezado

    OTORGA EL PLAZO QUE INDICA PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DE LA LEY N° 10,986, CUYO TEXTO REFUNDIDO FUE PUBLICADO EN EL "DIARIO OFICIAL DE FECHA 3 DE ABRIL DE 1959
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

Promulgación

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha rechazado el veto formulado por el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veintitrés de Septiembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Hugo Gálvez Gajardo.

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Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
 Circular 151VariosImparte instrucciones sobre Aplicación de la Ley N° 14.642 que otorgo Nuevo Plazo para acogerse a los Beneficios de la Ley N° 10.986, de continuidad de la Previsión.Ley 10.986Ley 14.642circular 151
27/08/1962Circular 157VariosPLAZO DE UN AÑO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 14.642.-EXPIRA EL 2 DE OCTUBRE DE 1962.Ley 14.642circular 157
06/12/1961Circular 148VariosSobre Aplicación de la Ley N° 14.642, de 2 de Octubre de 1961. Leyes : 10.986 y 14.642.Ley 14.642circular 148
04/11/1961Circular 145VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE APLICACIÓN DE LA LEY N° 14.642 QUE AMPLIÓ EL PLAZO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DE LA LEY N° 10.986 DE CONTINUIDAD DE LA PREVISIÓN.Ley 10.986Ley 14.642circular 145