Encabezado
APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL SUBSIDIO DE CESANTIA, ESTABLECIDO EN EL DECRETO LEY N.o 603, DE 1974
Santiago, 9 de Septiembre de 1974.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 155.- Vistos, lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social en oficio N.o 2.953, de 3 de Septiembre del presente año; lo dispuesto en el decreto ley N.o 603, de 1974, y la facultad que me confiere el N.o 2 del artículo 72.o de la Constitución Política del Estado y los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974,
Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento para la aplicación del Subsidio de Cesantía, establecido en el decreto ley N.o 603, de 1974:
Promulgación
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Jefe Supremo de la Nación.- Nicanor Díaz Estrada, General del Trabajo y Previsión So- del Trabajo y Previsin Social.- Jorge Cauas Lama, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Humberto Pizarro Birón, Subsecretario de Previsión Social.