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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.691

Encabezado

ESTABLECE PLAZO ADICIONAL PARA CONSTITUCION DE CONSEJOS REGIONALES DE DESARROLLO QUE SEÑALA CON POSTERIORIDAD A FECHA QUE INDICA

    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley

Promulgación

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- HUMBERTO GORDON RUBIO, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el N° 1, del Artículo 82 de la Constitución Política de la República, y por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 25 de Enero de 1988.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Fernando Salamanca Rojas, Subsecretario del Interior Subrogante.