Encabezado
FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA
LEY Nº 19.070 QUE APROBO EL ESTATUTO DE LOS PROFESIONALES
DE LA EDUCACION, Y DE LAS LEYES QUE LA COMPLEMENTAN Y
MODIFICAN
D.F.L. Núm. 1.- Santiago, 10 de septiembre de 1996.-
En uso de las facultades que me confiere el artículo
vigésimo de la Ley Nº 19.464 y teniendo presente lo
dispuesto en las leyes Nºs. 18.956; 19.200; 19.278; 19.398;
19.410; 19.429 y el artículo 32 Nº 8 de la Constitución
Política de la República de Chile, dicto el siguiente:
D e c r e t o c o n f u e r z a d e l e y:
Fíjase el siguiente texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Nº 19.070, que fija el estatuto de
los profesionales de la educación y de las leyes que la han
complementado y modificado.
Promulgación
Anótese, tómese razón, publíquese en el Diario
Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de la
Contraloría General de la República.- EDUARDO FREI
RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Sergio Molina
Silva, Ministro de Educación.- Eduardo Aninat Ureta,
Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a
usted, Jaime Pérez de Arce Araya, Subsecretario de
Educación.