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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Decreto 28 de 2006 del ministerio del trabajo

Encabezado

APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL INCISO PRIMERO
DEL ARTICULO 2º DEL DL Nº 869, DE 1975, QUE REGULA EL
OTORGAMIENTO DE PENSIONES ASISTENCIALES 
     Núm. 28.- Santiago, 16 de mayo de 2006.- Vistos: Lo
dispuesto en el artículo 2º del DL Nº 869, de 1975,
modificado por el artículo 6º de la ley Nº 20.102, y la
facultad contenida en el artículo 32 Nº 6 de la
Constitución Política de la República de Chile, 
     Decreto:

     Apruébase el siguiente reglamento para la aplicación
del inciso primero del artículo 2º del DL Nº 869, de
1975:

Promulgación

     Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE
BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Osvaldo
Andrade Lara, Ministro del Trabajo y Previsión Social.-
Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a
Ud., Solange Berstein Jáuregui, Subsecretaria de Previsión
Social Subrogante.