Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 2 de 1968 del ministerio del interior

Encabezado

 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY
ORGANICA DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO
     DFL. Núm. 1.- Santiago, 30 de Junio de 1993.-
    Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 3 y 61 de
la Constitución Política del Estado y lo señalado en el
artículo 8° transitorio de la ley N° 19.170,
    Considerando: Que la diversidad de disposiciones de
carácter legal por las cuales se rige la Empresa de los
Ferrocarriles del Estado hace necesario refundir todas ellas
en un solo texto, coordinado y sistematizado que facilite su
consulta y aplicación y en uso de las facultades
mencionadas, dicto el siguiente:

     Decreto con Fuerza de Ley

Promulgación

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.-
PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-
Germán Molina Valdivieso, Ministro de Transportes y
Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud.-
Fernando Zúñiga Ivany, Subsecretario de Transportes
Subrogante.