Ley 20.971
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Concede aguinaldos y otros beneficios que indica. El artículo 16 establece el monto que tendrá durante el año 2017, el aporte máximo a que se refiere el artículo 23 del D.L. N° 249, de 1974.
Encabezado
LEY NÚM. 20.971 CONCEDE AGUINALDOS Y OTROS BENEFICIOS QUE INDICA Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 10 de noviembre de 2016.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.- Francisco Javier Díaz Verdugo, Ministro del Trabajo y Previsión Social (S). Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Micco Aguayo, Subsecretario de Hacienda.
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Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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29/12/2016 | Circular 3269 | Servicios de Bienestar | SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE APORTES PARA EL AÑO 2017, DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS DE LOS AFILIADOS A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR. SEÑALA CONSIDERACIONES SOBRE EL GASTO EN SEGURO DE SALUD QUE INDICA Y COMUNICA HABILITACIÓN DE MÓDULO PRESUPUESTARIO A UTILIZAR POR ALGUNOS SERVICIOS DE BIENESTAR, SEGÚN LO INFORMADO EN LA CIRCULAR N° 3248 | DL 2448DL 249 de 1974 MinHaDL 249 de 1974 MinHa, artículo 23DS 28 de 1994 MintrabLey 19.262Ley 19.553, artículo 13Ley 20.255, artículo 99Ley 20.971Ley 20.971, artículo 16 | Circular 3269 |