Ley 17.660
Encabezado
MODIFICA LA LEY N° 17.379 Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente: Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago, doce de Mayo de mil novecientos setenta y dos.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Hernán del Canto. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Daniel Vergara Bustos, Subsecretario del Interior.
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Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
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25/10/1978 | Dictamen 3618-1978 | Servicios de Bienestar | Ley 17.379Ley 17.660 |