Encabezado
LEY N° 18.360
MINISTERIO DE HACIENDA
Faculta a los deudores hipotecarios de las Cajas de Previsión para solicitar cambio de unidad de reajuste
(Publicada en el "Diario Oficial" N° 32.025, de 19 de noviembre de 1984)
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Promulgación
JOSE T. MERINO CASTRO.- FERNANDO MATTHEI AUBEL.- CESAR MENDOZA DURAN.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR.".
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 7 de noviembre de 1984.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE.- Luis Escobar, Ministro de Hacienda.- Modesto Collados, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.