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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.595

Articulos citados

Encabezado

OTORGA UN REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS TRABAJADORES
DEL SECTOR PUBLICO, CONCEDE AGUINALDOS QUE SEÑALA,
REAJUSTA LAS ASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL, DEL
SUBSIDIO FAMILIAR Y CONCEDE OTROS BENEFICIOS QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente
     P r o y e c t o  d e  l e y:

Promulgación

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo;
por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la
República.

     Santiago, 20 de noviembre de 1998.- RAUL TRONCOSO
CASTILLO, Vicepresidente de la República.- Eduardo Aninat
Ureta, Ministro de Hacienda.- Germán Molina Valdivieso,
Ministro del Trabajo y Previsión Social.
      Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda
a Ud., Manuel Marfán Lewis, Subsecretario de Hacienda.

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Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
17/02/1999Circular 1709Servicios de BienestarServicios de Bienestar. Imparte instrucciones sobre Aportes de las Entidades Pagadoras a los Servicios de Bienestar de acuerdo a la Ley N° 19.595.ley 19.595Circular1709

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
25/01/2001Dictamen 2537-2001Asignación familiar Ley 18.987, artículo 1Ley 18.987, artículo 2ley 19.595