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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 21.218

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Crea un subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado.

Encabezado

LEY NÚM. 21.218
 
CREA UN SUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO
 
     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
      
     Proyecto de ley:

Promulgación

     Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1 del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
      
     Santiago, 2 de abril de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Sebastián Sichel Ramírez, Ministro de Desarrollo Social y Familia.- Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda.- María José Zaldívar Larraín, Ministra del Trabajo y Previsión Social.
     Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Alejandra Candia Díaz, Subsecretaria de Evaluación Social.

Circulares relacionadas (4)

Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
13/06/2022Circular 3674VariosSUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO. DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES N°s 3.515 y 3.663, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIALey 21.218Circular 3674
02/05/2022Circular 3663VariosSUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MINIMO GARANTIZADO. DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES N°S 3510 Y 3611, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIALey 21.218Circular 3663
13/08/2021Circular 3611VariosSUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO. MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR N°3.510, DE 2020Ley 16.395Ley 21.218Circular 3611
12/05/2020Circular 3515VariosSUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO DE LA LEY N° 21.218. COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN LA CIRCULAR N° 3.510, RESPECTO DEL FLUJO DE INFORMACIÓN ENTRE LAS ENTIDADES PARTICIPANTES, REFERIDA AL PAGO DE LOS SUBSIDIOSLey 21.218Ley 21.218, artículo 10Circular 3515

Boletín SUSESO (1)

SUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO.

Abril

El subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado se enmarca dentro del ámbito del trabajo decente. Al efecto, el ingreso mínimo garantizado consiste en otorgar un aporte monetario directo de cargo fiscal, mensual, no tributable ni imponible, que colabora con un ingreso justo y proporcional al esfuerzo realizado