Encabezado
MODIFICA LIBROS I, II Y V DEL CODIGO DEL TRABAJO,
ARTICULO 2472 DEL CODIGO CIVIL Y OTROS TEXTOS LEGALES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Promulgación
Habiéndose cumplido con lo establecido en el N° 1 del
Artículo 82 de la Constitución Política de la República,
y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por
tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la
República.
Santiago, 23 de septiembre de 1993.- PATRICIO AYLWIN
AZOCAR, Presidente de la República.- René Cortázar Sanz,
Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Francisco
Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Eduardo
Loyola Osorio, Subsecretario del Trabajo.