Encabezado
ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS
CONSUMIDORES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado
su aprobación al siguiente
P r o y e c t o d e l e y:
Promulgación
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1 del
Artículo 82 de la Constitución Política de la República,
y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por
tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la
República.
Santiago, 7 de febrero de 1997.- EDUARDO FREI
RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Oscar Landerretche
Gacitúa, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción
Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda
atentamente a Ud., Oscar Landerretche Gacitúa,
Subsecretario de Economía.