Encabezado
DECLARA DE EFECTOS PERMANENTES EL IMPUESTO ARTICULO 3°
TRANSITORIO DEL DECRETO LEY N° 3.501, DE 1980; INCREMENTA
REMUNERACIONES Y COTIZACIONES PARA EFECTOS DE SALUD
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado
su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Promulgación
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de
la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO
MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la
Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO
STANGE OELCKERS, General Director de Carabineros, Miembro de
la Junta de Gobierno.- JULIO CANESSA ROBERT, Teniente
General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley,
la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República,
publíquese en el Diario Oficial e insértese en la
recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 24 de octubre de 1986.- AUGUSTO PINOCHET
UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.-
Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.- Juan Giaconi
Gandolfo, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda
atentamente a Ud.- Manuel Concha Martínez, Coronel de
Ejército, Subsecretario de Hacienda.