Encabezado
DISPONE QUE LOS OBREROS QUE INDICA ESTARAN ACOGIDOS AL REGIMEN DE PREVISION QUE SEÑALA Y CONCEDE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 10,986 Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, dos de Septiembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Hugo Gálvez Gajardo.