Encabezado
MODIFICA LA LEY DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS CONTENIDA EN EL
DECRETO LEY N° 619, DE 1974
Núm. 3.475.- Santiago, 29 de Agosto de 1980.-
Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes 1 y 128, de
1973; 527 de 1974, y 991, de 1976,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha
acordado dictar el siguiente Decreto Ley.
IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS
Promulgación
Regístrese en la Contraloría General de la República,
publíquese en el Diario Oficial e insértese en la
Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO
PINOCHET UGARTE, General de Ejercito, Presidente de la
República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en
Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de
Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire,
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio de Castro
Spikula, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda
atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel,
Subsecretario de Hacienda.