Ley 17.828
Encabezado
REAJUSTA, A CONTAR DEL 1o DE OCTUBRE DE 1972, LOS SUELDOS Y SALARIOS DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO Y PRIVADO; MODIFICA LAS LEYES QUE INDICA. OTRAS DISPOSICIONES Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago a seis de Noviembre de mil novecientos setenta y dos.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Orlando Millas C. Lo que transcribo a Ud. para su Conocimiento.- Saluda atentamente a Ud. - Patricio Morales Salinas. Subsecretario de Hacienda.
Circulares relacionadas (2)
Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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27/02/1973 | Circular 355 | Varios | Complementa Circular N° 351, de 16 de Noviembre de 1972, que imparte instrucciones para la aplicación de las normas contenidas en la Ley N° 17.828, de 8 de Noviembre de 1972. | Ley 17.828 | Circular355 |
16/11/1972 | Circular 351 | Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS PREVISIONALES CONTENIDAS EN LA LEY N° 17.828, DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1972, QUE REAJUSTA, A CONTAR DEL 1° DE OCTUBRE DE DE 1972, LOS SUELDOS Y SALARIOS DE LOS TRABAJADORES DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO. | Ley 17.828 | Circular351 |