Encabezado
APRUEBA REGLAMENTO DEL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO
SOCIAL DE LAS CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR
Santiago, 16 de Noviembre de 1978.- Hoy se decretó lo
que sigue:
Núm. 91.- Visto: lo dispuesto en el decreto con fuerza
de ley Nº 42, de 1978, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social; en
los decretos leyes Nos. 1 y 128, de 1973, y la facultad que
me confiere el decreto ley Nº 527, de 1974,
Decreto:
Promulgación
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese
en la Recopilación que corresponda, de la Contraloría
General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General
de Ejército, Presidente de la República.- Vasco Costa
Ramírez, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a
U.- Alfonso Serrano Spoerer, Subsecretario de Previsión
Social.