Encabezado
APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS LEYES N°s.
18.020 Y 18.611, QUE REGULAN EL SUBSIDIO FAMILIAR
Núm. 53.- Santiago, 3 de septiembre de 2007.- Vistos:
Lo dispuesto en las Leyes N°s. 18.020 y 18.611 ambas
modificadas por la Ley Nº 20.203 y la facultad contenida en
el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la
República de Chile.
Decreto:
Apruébase el siguiente reglamento para la aplicación
de las Leyes Nºs. 18.020 y 18.611:
Promulgación
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- BELISARIO
VELASCO BARAONA, Vicepresidente de la República.- Osvaldo
Andrade Lara, Ministro del Trabajo y Previsión Social.-
Andres Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.- Clarisa Hardy
Raskovan, Ministra de Planificación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a
Ud., Lissette García Bustamante, Subsecretaria de
Previsión Social.